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lunes, 9 de enero de 2012

CAMBIO DE 5.500 m2 DE USO DEPORTIVO A DOCENTE.-

Edicto 16415/2011, de procedencia AYUNTAMIENTO (Cártama), publicado en el Boletín nº 4 del 09 de enero de 2012:

Cártama

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Mediante acuerdo plenario, de fecha 24 de octubre de 2011, se ha
procedido, entre otros, a la aprobación definitiva del documento
“Innovación, modificación del PGOU adaptación parcial a la LOUA
de la revisión de las NNSS de Cártama, relativa a cambio de calificación
de una parcela municipal de equipamiento de uso dotacional
público deportivo a uso docente de una parcela de 5.500 m2, ubicada
en el sector UR-7 de Cártama”, así como aprobación definitiva de su
resumen ejecutivo. Asimismo, también se procedió a aprobar definitivamente
la rectificación de errores del plano 3.3.2 “Sistemas generales
del documento de adaptación”, quedando la parte resolutoria con el
siguiente tenor literal:

“(...) Primero. Aprobar definitivamente el documento “Innovación,
modificación del PGOU adaptación parcial a la LOUA de la revisión
de las NNSS de Cártama, relativa a cambio de calificación de una parcela
municipal de equipamiento de uso dotacional público deportivo a
uso docente de una parcela de 5.500 m2”, así como su resumen ejecutivo,
plasmada en documento redactado por el arquitecto don Javier
Cantos Morales, consistente en el cambio de calificación de la parcela
de equipamiento identificada registralmente con el número 15015, de
uso deportivo a docente, ubicada en el sector UR-7 de Cártama.

Segundo. Aprobar definitivamente la rectificación de errores del
plano 3.3.2 “Sistemas generales” del documento de adaptación”,
donde se grafió por error como deportiva la parcela donde están ubicados
el campo de fútbol de Cártama-Estación y el colegio “El Cano”,
grafiándose ahora con los usos correctos, en los términos justificados
en el informe técnico y documento de innovación adjunto.
Rectificado el plano, procédase a su sustitución por el anterior y a
su diligencia por Secretaría General.



Tercero. Proceder a la remisión de un certificado del acuerdo de
aprobación definitiva y el documento técnico completo, aprobado
definitivamente, para que se proceda a su depósito tanto en el Registro
Municipal de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos
y Bienes y Espacios Catalogados, como el de la Delegación Provincial
de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, según se recoge en el
artículo 40.2 de la LOUA y 19 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por
el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento,
de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados,
y se crea el Registro Autonómico.

Cuarto. Una vez cumplimentado el punto anterior mediante su
depósito, y se haya emitido la correspondiente certificación registral
en el plazo de 10 días, según se recoge en los artículos 20 y 22 del
Decreto 2/2004, de 7 de enero, se procederá a la publicación del presente
acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, de la forma prevista
en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y artículos 40.3 y
41.1 de la LOUA.
Esta innovación del planeamiento entrará en vigor una vez transcurrido
el plazo de 15 días hábiles, contados desde la recepción del
presente acuerdo de aprobación definitiva por la Administración del
Estado y de la Comunidad Autónoma, en los términos establecidos en
el artículo 65.2 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Quinto. Con la publicación de la aprobación definitiva se extingue
la suspensión del otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y
licencias urbanísticas acordada en el punto “octavo” del acuerdo plenario
de fecha 20 de mayo de 2011, como preceptúa el artículo 27
LOUA.
Sexto. Para dar cumplimiento al punto segundo del acuerdo plenario
de fecha 15/02/11, se procederá, por motivos de celeridad procedimental,
a la redacción de un texto refundido que recoja toda la normativa
urbanística en vigor, una vez concluyan las innovaciones que
actualmente están en tramitación.
Séptimo. Dar traslado del presente acuerdo al Servicio de Disciplina
Urbanística de este Ayuntamiento.”
Por lo que, una vez se ha procedido a su depósito e inscripción del
precitado documento en el correspondiente registro municipal, con el
asiento número 43, e inscrita y depositada en el Registro Autonómico
de Instrumentos Urbanísticos con el número 5016, en la sección Instrumento
de Planeamiento del Libro Registro de Cártama de la unidad
registral de Málaga, se entiende cumplido lo preceptuado por los
artículos 40, 41 de la LOUA y 21 del Decreto 2/04, de 7 de enero, que
exigen el depósito e inscripción en los registros correspondientes con
carácter previo a la publicación.

Se hace público para general conocimiento, indicando que, contra
el anterior acuerdo que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en
el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la presente publicación.

Cártama, 25 de noviembre de 2011.

El Alcalde, firmado: Jorge Gallardo Gandulla.
16415/11

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